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LO QUE TENDREMOS QUE PAGAR A HACIENDA
Escrito por Pablo
Sábado, 28 de Enero de 2012 12:56
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Os paso un detalle de las últimas modificaciones fiscales que han sido importantes.

IRPF:

a) Las rentas del trabajo sufrirán un incremento que va desde el 0,75% para los ingresos inferiores a 17.707 euros hasta la subida del 7% que soportarán quienes ganen más de 300.000 euros.

Tramos IRPF

Base Imponible

de

hasta

Retención

Subida

Total

0,00

17.707,00

24,00%

0,75%

24,75%

17.707,00

33.007,00

28,00%

2,00%

30,00%

33.007,00

53.407,00

37,00%

3,00%

40,00%

53.407,00

120.000,00

43,00%

4,00%

47,00%

120.000,00

175.000,00

44,00%

5,00%

49,00%

175.000,00

300.000,00

45,00%

6,00%

51,00%

300.000,00

45,00%

7,00%

52,00%

Una medida para aumentar los ingresos que los trabajadores verán en su nómina, ganarán menos, a partir de febrero. La decisión fue anunciada el pasado viernes y materialmente es imposible que las nóminas de enero recojan este cambio legislativo.

b) Rentas del capital

Las rentas del capital también sufrirán por los cambios para 2012 y 2013. Éstas, las rentas del ahorro, afectarán a acciones, intereses de cuentas corrientes, fondos de inversión y depósitos, seguros, dividendos, cupones,  etc.. Eso sí, solo se ven afectadas si el inversor materializa las ganancias; por ejemplo, si un inversor no vende sus acciones no tiene que pagar plusvalías pero en el momento en que las venda tributará lo que haya ganado.

Así, la fiscalidad de las rentas del ahorro queda de la siguiente manera:

- Las ganancias hasta 6.000 tributan al 21%

- A partir de 6.000 euros y hasta 24.000 habrá que pagar un 25%

- A partir de 24.000 euros tendrán que pagar el 27%

  • Para los periodos 2012 y 2013, el Real Decreto ajusta las retenciones, tanto de los rendimientos del trabajo, como del capital al nuevo gravamen:

A) A la hora de calcular las retenciones se tendrá en cuenta el nuevo gravamen (salvo para los rendimientos que se abonen en enero de 2012).

B) Los porcentajes de pagos a cuenta fijados en el 19% se elevan al 21%.

C) El porcentaje del 35% previsto para consejeros y administradores se eleva al 42%.

  • Se recupera la desgravación en el IRPF por adquisición de vivienda habitual en las mismas condiciones que existían hasta el 31 de diciembre de 2010. Esta medida se aplicará con carácter retroactivo desde enero de 2011.

  • Se amplia al 2012 algunas medidas referentes a los gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías o la reducción del neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

  • Modificación de los porcentajes de retención o ingreso a cuenta para los ejercicios 2012 y 2013 que se elevan al 21% (en lugar del 19% actual).

  • Se amplía al 2012 el tipo de gravamen reducido previsto por mantenimiento o creación de empleo.

  • Mantenimiento del incremento del pago fraccionado del Impuesto de Sociedades para grandes empresas, que fue adoptado el pasado mes de agosto (que afectaba para los ejercicios 2011, 2012 y 2013 a las empresas con un volumen de operaciones superior a los 6.010.121,04 euros).

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES

  • Para los ejercicios 2012 y 2013:
    • La imposición complementaria fijada para los establecimientos permanentes que transfieran las rentas obtenidas al extranjero se elevan al 21%.
    • Asimismo, se eleva al 21% el tipo fijado con carácter general para el pago de dividendos, intereses y ganancias patrimoniales.
    • El tipo general del 24% se eleva al 24,75%.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

· Se establece un IVA super-reducido del 4 por 100 para la adquisición de primera vivienda a partir de 2012.

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IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

· Se establece la aplicación transitoria y excepcional durante los ejercicios 2012 y 2013 para los inmuebles urbanos de un incremento del tipo impositivo del IBI.

· Este incremento se ha establecido de una manera progresiva (10 por 100, 6 por 100, 4 por 100) atendiendo a la antigüedad de la revisión catastral y, por tanto, a su adecuación al valor del mercado: a mayor antigüedad del valor, mayor subida. Es decir, para valorar el impacto habrá que ir a cada caso concreto.

· No obstante,  se ha excluido del incremento:

o Al 50 por 100 de las viviendas de menor valor de cada municipio, siempre que sus valores catastrales hayan sido actualizados después de 2001.

o Las viviendas cuyo valor catastral ha sido revisado en los años en que el valor de los inmuebles era más alto (2005-2007).

 

Última actualización el Sábado, 28 de Enero de 2012 13:06
 

Comentarios  

 
0 #3 llorensito 15-02-2012 19:00
no entiendo el chiste este........
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0 #2 ALFREDO 13-02-2012 18:44
Cada día un poco mas pobres y todo esto para que sigan teniendo montón de dinero nuestro para robar o mal gestionar. PAIS!!!!!!!!!!!
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0 #1 Pablo 10-02-2012 17:16
esto mola
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